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El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción III, hace expresa referencia a los servicios públicos locales, estableciendo que: “III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.”
Los servicios públicos que presta esté sujeto obligado, tienen una cobertura en todo el municipio de Zapotlanejo. Los servicios son dirigidos a la ciudadanía en general, por tanto, el número de beneficiarios es indeterminable pues depende de los usuarios que utilicen cada uno de los servicios públicos.
Los requisitos, la cobertura, procedimientos y/o formatos para acceder a los servicios públicos, así como el área responsable y los datos de contacto para cada trámite podrá consultarlos aquí
Recursos materiales, humanos y financieros
Recursos Humanos
Recursos Financieros
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